Otro concepto que es necesario que analicemos en detalle es el de Revisión, pues a pesar de lo muy utilizado en la esfera de la normación, el mismo frecuentemente se tergiversa tanto en las disposiciones establecidas, como también, y sobre todo, en la práctica diaria.
Por revisión de norma frecuentemente se entiende “la acción sistemática que debe realizarse en el desarrollo de la tarea de normación del trabajo, con el objetivo de hacer corresponder los valores de la norma con las condiciones técnico – organizativas existentes en cada período de tiempo dado”.
Si analizamos esta definición a la luz del concepto de norma anteriormente analizado, vemos su insuficiencia, pues relaciona el acto de la revisión sólo con los cambios que puedan producirse en las condiciones técnico – organizativas y no con todos los aspectos que intervienen en la definición de la norma, con el gasto de trabajo y el deber social que ella debe expresar.
Así se omite, por ejemplo, los cambios que puede sufrir la norma por aumento de la calificación de los trabajadores y por aumento de la intensidad media reconocida y aceptada socialmente.
Aparte de lo antes expuesto, el concepto de revisión expresa implícitamente una idea de suma importancia, y es que la norma se revisa con el fin de hacerla corresponder con las verdaderas posibilidades productivas del hombre.
Sin embargo, no ha sido esa la práctica usual, pues muchas veces no se revisa la norma para no afectar así el salario de los trabajadores, y otras veces se revisa y se aumenta, sólo por el hecho de que la norma se está sobrecumpliendo por encima de los parámetros establecidos.
Es por ello que se hace necesario comprender bien el concepto de norma y el concepto de revisión, así como comprender y no tergiversar el papel que debe jugar determinado parámetro de sobrecumplimiento como indicador de cuándo debe ser revisada una norma.
En este sentido debe entenderse que cuando se establece determinado parámetro de sobrecumplimiento como indicador de cuándo debe revisarse la norma, esto indica sólo que debe comprobarse si la norma vigente se corresponde o no con las verdaderas capacidades productivas del obrero y no que ésta tiene que modificarse.
Como resultado de la revisión puede resultar la modificación o no de la norma, en dependencia del análisis realizado y de las conclusiones a que se llegue de cuán bien representa o no la norma vigente “los gastos de trabajo vivo necesarios para la ejecución de una actividad laboral en determinadas condiciones técnico – organizativas, por un trabajador (o grupo de trabajadores) que posee la calificación requerida y ejecuta su trabajo con habilidad e intensidad media”.





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